Cambio de Nombre
¿Qué trámites debes realizar para cambiar su nombre?
El cambio de nombre lo podría hacer la persona mayor de edad voluntariamente o los padres en representación del menor de edad, para suprimir, adicionar o modificar sus nombres o sus apellidos y por regla general, solo puede hacerse una vez por escritura pública ante notario. Los nuevos cambios deben estar orientados a garantizar la identidad entre el nombre y el género evitar discriminaciones.
Requisitos:
✓ Debe ser realizado directamente por la persona mayor de edad que quiere cambiarse el nombre y si el cambio es para un menor de edad deben realizarlo sus padres o quien tenga la patria potestad.
✓ Presentar documento de identificación y copia auténtica del registro civil dc nacimiento que sería modificar.
✓ Si se trata de integrantes de comunidades o pueblos indígenas deben presentar 1 copia del registro civil de nacimiento y el permiso indígena reconocida por el Estado.
✓ La mujer casada podrá proceder por medio de escritura pública a adicionar o suprimir el apellido del marido precedido de la preposición “de” en los casos en que ella lo hubiere adoptado hubiere sido establecido por la ley.
El instrumento al que se refiere el presente artículo deberé inscribirse en él corresponde ente registro civil del interesado para lo cual se procederá la apertura de un nuevo folio. El original y el sustituto llevarán notas de recíproca de referencia.
Tiempo estimado de entrega:
El mismo día.
Costo: Si
Según tarifa notarial. Para miembros de comunidades indígenas esta diligencia incluidas las copias autenticadas no tiene costo.