Donación

¿Qué es la donación de Inmuebles?

Es uno de los contratos cuyo fin os que una persona se convierta en dueña de una vivienda, lote, finca, mueble o de una suma de dinero cuando otra persona le regala una propiedad o pate de ella, y el que la recibe la acepta.

Solo se hace por escritura pública cuando se recibe un inmueble o parte de él o cuando lo que se recibe vale más de 50 salarios mínimos mensuales.
Cuando se va a hacer una donación que valga más de 50 salarios  mínimos mensuales, hay que cumplir primero un requisito que se llama “insinuación de donación” el cual se realiza en escritura púbica en una notaria y en esa misma escritura se puede realizar la donación.

Requisitos para la Donación de Inmuebles: ​

✓ El que va a donar o regalar debe ser mayor de edad y, por lo tanto, está en capacidad de hacerlo. SI se trata de una donación a un menor lo representa el padre o la madre ambos o quien tiene la guarda.

✓ Documentos de identificación de los interesados.

✓ Solicitud por escrito de quien hace la donación y de quien la recibe ante el notario de la ciudad o municipio en donde vive el donante, con certificado del valor comercial de la propiedad que se va a donar si es un inmueble. Para más información consulte al notario.

✓ Título de propiedad del bien que se va a donar si es un inmueble.

✓ Certificados de paz y salvo por Impuesto predial que contenga el avalúo catastral y por contribución de valoración, si aplica en el municipio. Si es un apartamento y forma parte de una propiedad horizontal se necesita también el certificado de paz y salvo por el pago de la administración.

✓ Si alguno de los  interesados es persona jurídica como una sociedad consulte al notario.

✓ La persona que hace la donación debe demostrar que queda con recursos suficientes para ver y atender sus obligaciones.

✓Se recomienda llevar al notario copia do la escritura pública o título de adquisición del inmueble que se va a regalar junto con el certificado de libertad y tradición más reciente que le ha dado la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos

Una vez cumplidos los requisitos anteriores y se tenga la escritura pública, el notario entrega copia auténtica a los interesados para llevarla a la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos.

Tiempo estimado de entrega:

Depende del cumplimiento de los requisitos, consulte al notario.

Costo: Si

Según tarifa notarial.

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