Declaración de unión marital de hecho
¿Qué es la unión marital de hecho?
Es la manifestación ante juez o notario de la existencia de la unión entre dos personas que sin estar casadas ante la ley, han estado conviviendo de manera permanente y libre durante mínimo 2 años.
Esta diligencia termina con la firma del notario en la escritura pública.
Requisitos:
La pareja de compañeros permanentes debe presentar solicitud escrita dirigida al notario en la que manifieste su mención de declarar la unión marital de hecho existente para lo cual debe expresar que no tiene los impedimentos legales para contraer matrimonio y anexar:
- Documentos de identificación.
- Copias auténticas de los registros civiles de nacimiento que no tengan más de un mes de expedidas, en las que se incluyan todas las anotaciones de estados civiles anteriores.
- Datos completos (nombres, apellidos, número de documento de identidad, lugar de nacimiento, edad, ocupación y domicilio)
- Manifestación de que actúan de común acuerdo
Fecha desde la cual conviven juntos - De ser el caso identificación de hijos comunes.
Si tienen hijos y los declarantes son el padre y la madre (hijos comunes) deben anexar las copias de los registros civiles de nacimiento de cada uno de los hijos.
Para el caso de hijos no comunes que se encuentren bajo su patria potestad o bajo su guarda deben presentar inventario de los bienes si los hay que sean de propiedad de cada hijo. El inventario lo elaborará el curador designado según la ley sobre este trámite. Consultar al notario.
Tiempo estimado de entrega:
Una semana aproximadamente
Costo: Si
Según tarifa notarial.