Separación de bienes o liquidación de la sociedad conyugal por mutuo acuerdo.

¿Qué es la separación de bienes?

Es el reparto de los bienes que han adquirido los cónyuges desde el momento de casarse y hasta el momento en que deciden terminar la sociedad de bienes llamada sociedad conyugal. 

Puede hacerse con motivo del divorcio o estando casados. La separación de bienes termina con la firma del notario en la escritura pública.

Requisitos: ​

✓ Los cónyuges deben ser plenamente capaces y estar de acuerdo
✓ Documentos de identificación.
✓ Copia auténtica del registro civil del matrimonio.                                           ✓ Si entre los bienes que hayan adquirido los cónyuges y que se pretendan repartir hay inmuebles, se deben presentar los certificados de paz y salvo por impuesto predial. Si el inmueble es un apartamento o un local en un edificio, se necesita también el certificado de paz y salvo por el pago de la administración
Si en el inventario se incluyen deudas, debe presentarse el documento que lo pruebe.
✓ Si la sociedad conyugal se terminó, se debe registrar esta terminación en la copia del registro civil del matrimonio.

Tiempo estimado de entrega:

Consulte con el notario, dado que esta diligencia depende de las características particulares de los bienes que se van a repartir y del incumplimiento de los requisitos que establece la ley.

Costo: Si

Según tarifa notarial.

regresar

Diligencias notariales

siguiente

Declaración extrajuicio

Scroll to Top